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3:08 pm el 8 de Mayo del 2018

Cambios propuestos al mercado de fármacos pretenden bajar hasta en 15% sus precios

Algunas de las medidas apuntan a permitir la venta en supermercados de medicamentos que no requieren receta, además de publicar los precios en toda la cadena de producción.

Hoy, a las 18:00 horas, está citada la sesión de la comisión de Salud de la Cámara, donde se discutirá la llamada Ley de Fármacos II, proyecto que tiene como principal objetivo disminuir el precio de los medicamentos. Los diputados deberán discutir, además de los cambios que introdujo el gobierno anterior durante sus últimos días de gestión, el paquete de indicaciones que anunció ayer el Presidente Sebastián Piñera.

Durante una visita al Centro de Salud Familiar (Cesfam) Doctor Luis Ferrada Urzúa, de Maipú, el Mandatario planteó que se apunta a “una sustancial reducción en el precio”. Según el Ministerio de Salud, dicha caída podría llegar al 15%.

En la ocasión, también se realizó el lanzamiento formal del Comparador de Precios de Medicamentos, una de las medidas que permitirían la baja en los precios. Esta iniciativa facilita comparar los valores de fármacos en distintas farmacias del país. Actualmente, el sistema cuenta con información parcial entregada de manera voluntaria por distintas farmacias.

Pero una de las indicaciones ingresadas ayer obligará a toda la cadena productiva de remedios (incluyendo laboratorios y droguerías) informar los precios al Minsal, que los deberá publicar en www.tufarmacia.gob.cl.

Otra de las indicaciones que anunció el Presidente busca permitir la venta de fármacos -que no requieran receta médica- no solo en farmacias, sino en supermercados o tiendas similares. El senador Guido Girardi (PPD) sostuvo que apoyará esta indicación, ya que ayudará a combatir “el monopolio que tienen hoy las grandes cadenas”, aunque agrega que “siempre que vaya acompañada de educación, porque para algunas personas tomar paracetamol puede producir una hepatitis fulminante”.

En tanto, el ministro Emilio Santelices señaló: “Esperamos que generando mayor competencia, mayor transparencia en los precios, mayor información para la ciudadanía y, por el otro lado, avanzando en bioequivalencia, se termine con esta diferencia y distorsiones de precios, que a veces son para un mismo medicamento diez veces más de una farmacia a otra”. Y agregó: “Los precios debieran bajar en 10 o 15%, y esperamos que mucho más en el futuro”.

Diferencias del detalle

La Ley de Fármacos II busca que los medicamentos se prescriban por su denominación común internacional (DCI); es decir, el nombre genérico. Al final del gobierno de Michelle Bachelet se envió una indicación que permitiría que cuando los medicamentos tengan más de un principio activo se puedan recetar por su marca o nombre de fantasía.

Ahora, uno de los cambios que anunció el Gobierno, y que halló acogida entre senadores opositores, es la obligación de recetar los fármacos según su DCI. Sin embargo, en la indicación ingresada, a la que tuvo acceso “El Mercurio”, se lee que se permite recetar “por nombre de fantasía o denominación común internacional”.

“El propio Presidente se refirió a que este era un gran avance”, dijo Girardi, en alusión a que la receta fuese por DCI. Pero al conocer el detalle de la indicación, el senador anticipó que la rechazarán. “Queremos que los médicos receten el genérico”.

INDICACIONES

CONVENIOS: Faculta al director de Cenabast y los Servicios de Salud para hacer convenios con farmacias privadas para entregar medicamentos que deben ser suministrados por el sector público.

INDEPENDIENTES:  Entrega la capacidad al Minsal para que, a través de un reglamento que deba ser suscrito además por el Ministerio de Economía, eximan del cumplimiento de ciertas normas a farmacias independientes, de menor tamaño, que no pertenezcan a cadenas, para facilitar su funcionamiento.

PETITORIO: Se obliga a las farmacias a contar con un petitorio farmacéutico nominado con su denominación común internacional con medicamentos que deben ponerse a disposición del público.

RECETAS: Si bien el Ministerio de Salud publica que una de las indicaciones obliga a los médicos a ‘recetar medicamentos por denominación común internacional (DCI)’, el detalle de los cambios señala que permite recetar por ‘nombre de fantasía’ o DCI.

VENTAS: Permite vender fármacos que no requieren receta en supermercados y otros establecimientos similares.

PRECIOS: Toda la cadena de venta de medicamentos, incluidos los laboratorios, droguerías y farmacias, deberán informar al Minsal y el ISP los precios del total de sus productos.

PORTAL: A su vez, el Minsal deberá informar dichos precios al público a través de una plataforma virtual de fácil acceso.

Fuente:El Mercurio