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10:29 am el 4 de Octubre del 2019

TC deroga artículo que impedía recetar lentes por tecnólogos en ópticas

Esto es algo que nos golpea duro y no tiene ninguna justificación”, afirma la Sociedad Chilena de Oftalmología.

Fuente: La Tercera

 

Finalmente, el Tribunal Constitucional (TC) zanjó un prolongado debate en el ámbito de la salud y derogó ayer, con nueve votos a favor y uno en contra, el Artículo 126 del Código Sanitario. Esta normativa, que prohibía la realización de exámenes visuales al interior de las ópticas, efectuados por tecnólogos médicos con mención en oftalmología y optómetras, fue declarada inconstitucional. De esta manera, luego de que la resolución sea publicada en el Diario Oficial, los establecimientos del ramo podrán disponer de consultas en sus tiendas. Con ello se pone fin a la disputa entre oftalmólogos y optómetras que recrudeció hace más de ocho años, cuando en 2011 se creó la Ley de Optometría, que extiende la prescripción de lentes a tecnólogos médicos con mención en oftalmología y a optómetras.

El alcance de esta norma fue limitado por el artículo que ahora queda sin efecto. La decisión del TC no fue bien recibida por los médicos especialistas. “Esto es algo que nos golpea duro y no tiene ninguna justificación”, dijo a La Tercera Dennis Cortés, presidente de la Sociedad Chilena de Oftalmología. Desde el gremio emitieron una declaración pública en la que advierten que “derogar la norma vigente expone a la población a riesgos sanitarios reales y concretos”.

Un mal diagnóstico realizado al margen de la red de salud reconocida por la autoridad sanitaria puede incrementar el riesgo de que patologías de alta prevalencia, como el glaucoma y la retinopatía diabética, no se detecten a tiempo, generando un daño irreparable”, afirma la entidad. Uno de los argumentos esgrimidos por los oftalmólogos es el posible conflicto de interés que implicaría poder realizar consultas en los locales comerciales del ramo.

Al respecto, Izkia Siches, presidenta del Colegio Médico, afirmó que es necesario establecer regulaciones sobre este punto. “Hay que regular los conflictos de interés. Es por eso que esperamos insistir en poder avanzar en una normativa que corrija los errores señalados por el TC y que permita proteger a los pacientes de los evidentes conflictos de interés en el que incurren las ópticas al prescribir lentes”, enfatiza la dirigenta.

Optómetras celebran

Desde el Colegio de Ópticos, Contactólogos y Optómetras de Chile, en tanto, celebraron la determinación.

La decisión del Tribunal Constitucional es una gran noticia para los profesionales y para la salud visual del país”, expresaron en una declaración. Ana Luz Vergara, presidenta del gremio, explicó que todos los países de la Ocde -a excepción de Francia- cuentan con optómetras al interior de las ópticas. “Esto es una muestra de la calidad de nuestros profesionales y de cómo pueden convertirse en un gran aporte al acceso equitativo a la salud visual primaria de Chile, tan largamente postergada”, agregó. Marco Antonio Núñez, presidente de Ópticas de Chile, consideró “fundamental construir un entorno colaborativo y acercar las ópticas a las comunidades. Queremos establecer puentes entre las sociedades médicas, el sistema público de salud y las ópticas‘.

Mediante un comunicado, Ópticas de Chile enfatiza que esta medida ayudará a suplir la falta de especialistas y a disminuir la lista de espera oftalmológica. “Según especialidad, ella es la más extensa, con 313.900 personas, y en el sistema GES, tres de las cinco patologías con la mayor lista de espera pertenecen a la especialidad de oftalmología”, precisaron. En relación con este punto, el presidente de la Sociedad Chilena de Oftalmología asegura que no existe falta de profesionales, puesto que en los últimos 10 años las cifras de oftalmólogos se ha cuadruplicado. Al mismo tiempo, asegura que “solo 10% de las personas que se encuentran en lista de espera está aguardando atención primaria“.